dimecres, 21 de gener del 2009

Una sentencia a tener en cuenta………….

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha estimado un recurso, anulando y dejando sin efecto el acuerdo de la Junta de Gobierno de 17/06/2004, en la que el PP otorgaba licencia para la construcción de tres viviendas en el Paseo de la Conxa nº41. La Sentencia contiene párrafos demoledores: “En este sentido todo el proyecto de edificación sometido a la consideración de la sala es nulo, y consiguientemente toda la edificación materializada con arreglo al mismo, son contrarios a la norma que se examina y, así habrá de declararse”.
Dentro de la sentencia continua: “Según hemos visto arriba, no se pueden adosar viviendas colectivas a viviendas unifamiliares aisladas, por tratarse según el plan de entidades distintas no agrupables y consiguientemente, el proyecto, en virtud de esa adición que verifica, incumple además las normas sobre distancias entre edificios, y así tiene que declararlo la Sala, declarando nulo en este aspecto el proyecto licenciado”.
Siguiendo la lectura nos encontramos: “En este sentido, toda la edificación materializada es ilegal, porque ya se había consumido la superficie edificable, y no era posible incorporar nuevas edificaciones al área que se considera”. Seguimos leyendo: “En nuestro caso, el edificio tiene una altura de 10,58, por lo que cumple la restricción de alturas en relación con el Paseo Marítimo, pero no las cumple en relación con la calle peatonal, que como tiene 6 metros, la altura del edificio nunca podría superar los 7, 20”.

En palabras más claras, el PP concedió una licencia, según la sentencia, que es nula de pleno derecho, en una zona donde no se pueden hacer adosados, en una parcela que ya había consumido la edificabilidad para construir, y para acabar de rematar la faena, pasando cuatro metros de la altura permitida.

Esta sentencia deja al Ayuntamiento de Orpesa en una situación muy complicada. Nuestro consistorio es el responsable subsidiario por el otorgamiento de la licencia de obras del PP, una vez anulada la licencia, sin que quepa recursos. Sólo le queda al Ayuntamiento efectuar una importantísima indemnización a los propietarios de las viviendas que han sido declaradas ilegales y también a la promotora que pueda demandarlo.

El BLOC entiende que no parece razonable ni razonado que este error en que incurrieron los Arquitectos municipales, perfectamente salvable con una mínima diligencia, tenga ahora que pagarlo la Corporación –en definitiva, todos los Ciudadanos de Orpesa-. De este modo, los responsables del desaguisado se liberarían de sus onerosas consecuencias, y ello con cargo a los fondos públicos que a todos pertenecen, privando a la población de su uso en finalidades de utilidad pública y social, como en principio debería ser. Ahora, el Ayuntamiento tendrá que cubrir las responsabilidades personales de quienes, con sus informes, omisiones y complicidad, por dolo, o cuando menos, culpa y negligencia graves, han determinado el daño causado a los vecinos.
El BLOC, para salvaguardar los legítimos intereses de Orpesa, ha propuesto al Pleno municipal incoar un expediente para la exigencia de responsabilidad a los Sres. Arquitectos municipales, a fin de que en su día responda personalmente de lo perjuicios causados a la Corporación por su negligencia

1 comentari:

  1. Que paguen els culpables, els veïns d’Orpesa, no tenim que pagar els seus jocs

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